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¿QUÉ ES UN MENSAJE DE DATOS Y UN DOCUMENTO ELECTRÓNICO?

Para algunas personas aun es un poco difícil entender qué son los mensajes de datos, cuál es su diferencia con un documento electrónico y porque motivo pueden llegar a ser más seguros que un documento de papel.

Aquí te voy a explicar que son los mensajes de datos y los documentos electrónicos desde el punto de vista jurídico y técnico, pero lo más importante, es que te proporcionaré las fuentes para que puedas verificar todo lo que te voy a revelar.

En 1966 la ONU creó la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), este órgano jurídico se encarga de crear modelos de leyes, para que diferentes países puedan adoptar un mismo marco normativo que facilite la realización de negocios internacionales.

Esta misma organización, en 1996 emitió la primera ley modelo sobre el comercio electrónico, en la cual se definió el concepto de mensaje de datos, el cual fue adoptado por Colombia en el artículo segundo, literal a) de la Ley 527 de 1999, en la cual se precisó:

“Mensaje de datos. La información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax;”

De esta definición se puede concluir que un mensaje de datos puede ser cualquier palabra, fracción, imagen, audio o video transmitido por cualquier dispositivo electrónico, como lo son los computadores, teléfonos inteligentes, tabletas o similares, transmitidos a través de canales como Facebook, WhatsApp, Instagram, correo electrónico, el metaverso, block chain o cualquier otro sistema de información que permita generar, enviar, recibir, archivar o procesar información electrónica la cual se denomina mensajes de datos.

Sin importar la longitud de la información enviada, un mensaje de datos puede estar conformado por un solo carácter como un número, signo, letra o por muchos caracteres que conformen palabras, pero también puede estar conformado uno o varios archivos de texto, audio, imagen o video.

Desde la óptica judicial es necesario aclarar que no cualquier mensaje de datos, puede lograr el entero convencimiento de un Juez, para esto debe cumplir con requisitos, sustanciales, procesales y técnicos, con los cuales sea posible verificar o debatir el evento que se intenta probar. Para explicarte esto, realizaré un video que te publicaré por acá arriba, así que tienes que estar muy pendiente, porque estoy seguro que te servirá de mucho.

Pasemos ahora a explicar ¿QUÉ ES UN DOCUMENTO ELECTRÓNICO?

En 2018, se publicó una nueva ley modelo, la cual profundizó en los documentos transmisibles electrónicos, los cuales constituyen una categoría de los mensajes de datos y tienen la misma definición, pero adicionalmente exige que el documento electrónico debe estar construido con una estructura o formato lógico comprensible, de esta forma no solo permitirá su identificación y procedencia, si no que habilita un tratamiento específico según su contenido. Por ejemplo, un contrato electrónico, permitiría que se gestione una relación comercial y una factura electrónica permitiría que se realicen los trámites contables y fiscales que correspondan.

Algunas personas tienen la idea de que un documento solo está conformado por texto, pero un documento electrónico también puede ser un archivo de video, de audio, una imagen o cualquier otro medio útil para la representación de un evento, como un matrimonio, la firma de un contrato comercial o la sentencia de un Juez de la república en un proceso judicial.

Ahora, para que un mensaje de datos o documento electrónico no pierda su validez probatoria debe cumplir con los requisitos específicos en la ley 527 de 1999, la cual se ha malinterpretado y desfigurado de diferentes maneras. Si deseas conocer cómo hacer correctamente la valoración probatoria de un medio de prueba electrónico puedes dar clic en el siguiente enlace www.youtube.com/channel/UCojmlhiAbT2i7Asx0fD9ssw/?sub_confirmation=1

Yo soy Oscar Ivan Cepeda, y esto es el Derecho de los Negocios.

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